Proyecto de Ley, iniciado por los Legisladores Gispert, Almada, Nostrala, Martoccia, Gloria Pereyra, Peirone, Jaimes, Bisotto, Szpanin, Austin, Ferrero, Nigro, Valiente, Gudiño, Nicolás, Saliba, Bría, Contrera, Carignano y Sala, modificando el artículo 10 del Decreto N° 132/19, estableciendo una reducción de hasta el 50% del monto a pagar del Impuesto Inmobiliario que recae sobre el inmueble en donde se encuentre instalado y funcionando el Equipo de Generación Distribuida, para aquellos Usuarios-Generadores que cumplan con los parámetros, condiciones y/o requisitos que a tal efecto establezca el Ministro de Finanzas y el Ministro de Servicios Públicos.