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Proyecto de Ley, iniciado por el Legislador Ambrosio, sustituyendo los artículos 4, 8, 13 apartado i), 26 apartado A) 2, 27, 38 y 44; derogando el artículo 32 e incorporando los artículos 38 bis y 40 a la Ley 8577, -Caja De Previsión Social Para Profesionales de la Salud de la provincia-.